Los edificios son responsables del 36 % de las emisiones contaminantes de la UE. Para reducir estas cifras se aprobó definitivamente el 12 de marzo la nueva EPBD, la Directiva Europea de Eficiencia Energética de los Edificios. A grandes rasgos, supondrá un impulso a la rehabilitación del parque edificado, y también un incremento de las exigencias de eficiencia energética a los nuevos edificios: es decir, más aislamiento. Estas son las claves:
- Se avanza en el concepto de “edificio de consumo de energía casi nulo” y se pasa al “edificio cero emisiones”. Para contar estas emisiones, se tendrá en cuenta el carbono operativo (el CO2 que se emite en la fase de uso del edificio) y el carbono embebido (el CO2 que producen los materiales en su fabricación, transporte, instalación y deshecho). Hasta ahora sólo se tenía en cuenta el carbono operativo. Este cambio impulsará las declaraciones ambientales de producto (DAP) y la selección de productos por su huella de carbono.
- Los edificios nuevos tendrán que ser de cero emisiones. Los edificios públicos en 2028 y el resto en 2030.
- Respecto a la eficiencia energética de 2020, de media habrá que mejorar para rehabilitación un 16% para 2030 y un 20-22% para 2035.
- En cambio, desaparece la obligación de tener una calificación energética mínima para poder vender o alquilar. Una mala noticia.
- Se introduce el concepto de “Pasaporte de renovación”, documento que tendrá que tener el edificio, y que recoja un plan para renovar energéticamente el inmueble.
- Se estimula la creación de “ventanillas únicas”, similares a las oficinas de rehabilitación actuales.
- Se unificará en toda Europa el Certificado de Eficiencia Energética (CEE), lo que podría provocar cambios en las calificaciones actuales.
¿Cómo afecta a los profesionales?
Respecto a los profesionales, se recoge lo siguiente:
Debe disponerse de un número suficiente de profesionales competentes y fiables en el campo de la renovación energética a fin de garantizar una capacidad suficiente para llevar a cabo obras de renovación de calidad a la escala requerida. Por consiguiente, los Estados miembros deben establecer, cuando proceda y sea factible, sistemas de certificación para las obras de renovación integradas que requieran conocimientos especializados sobre diversos elementos o instalaciones de edificios, como el aislamiento de edificios, las instalaciones de electricidad y calefacción y la instalación de tecnologías solares; entre los profesionales implicados pueden figurar diseñadores, contratistas generales, contratistas especializados e instaladores.